Tengo 65 años y me he jubilado ¿puedo volver a trabajar?
La regla general es que el disfrute de la pensión es incompatible con la realización de trabajos por cuenta ajena/propia o bien con la realización de actividades para las Administraciones Públicas. Como salvedades a dicha incompatibilidad, la pensión va a ser compatible con la realización de: Trabajos a tiempo parcial en los términos establecidos para … Leer más